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Iván Pizarro

Sentencia explicadaSucesiones y herencias

Por , abogado colegiado nº 4.863 del Ilustre Colegio de Abogados de Córdoba.
Publicado el · Revisado el

Herencias en cadena: si un heredero muere sin aceptar, su viudo también cuenta (STS 849/2026)

El Tribunal Supremo, en Pleno, cambia su criterio: cuando alguien muere sin haber aceptado una herencia, sus herederos la reciben a través de la herencia de él, y su cónyuge viudo tiene que intervenir en el reparto.

Tribunal
Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Pleno
Fecha
3 de junio de 2026
Número
Sentencia 849/2026 (recurso de casación 3733/2021)
ECLI
ECLI:ES:TS:2026:2455
ROJ
STS 2455/2026
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El problema

Una madre murió sin testamento. Uno de sus hijos murió años después sin haber aceptado ni rechazado esa herencia; estaba casado y no tenía hijos. Cuando los demás herederos repartieron la herencia de la madre, lo hicieron sin contar con la viuda de ese hijo.

La registradora se negó a inscribir el reparto porque, a su juicio, la viuda tenía que intervenir. El caso llegó al Tribunal Supremo.

Qué decidió el tribunal

El Supremo, reunido en Pleno, da la razón a la registradora: la viuda del hijo fallecido tiene que intervenir en el reparto de la herencia de su suegra.

Además, la Sala vuelve al criterio que se seguía antes de 2013 y abandona el que había fijado en su sentencia 539/2013, de 11 de septiembre.

Por qué

El artículo 1006 del Código Civil dice que, si el heredero muere sin aceptar ni repudiar la herencia, “pasará a los suyos el mismo derecho que él tenía”. Para el Supremo, si ese derecho pasa a los herederos del fallecido es precisamente porque son sus herederos: reciben la primera herencia a través de la herencia de él, en la que se integra lo que le correspondía. Es la llamada teoría de la “doble transmisión”.

Consecuencia: para calcular la legítima del cónyuge viudo de ese heredero hay que contar los bienes que le correspondían en la herencia de su madre, y por eso el viudo tiene que estar en el reparto.

Qué significa en la práctica

En las herencias “en cadena”, cuando alguien muere sin haber aceptado la herencia de un familiar, su viudo o viuda, como legitimario, cuenta y debe intervenir en el reparto de esa primera herencia.

Afecta a repartos pendientes ante notarías y registros. Si estás en una situación así, conviene revisar quién tiene que firmar antes de hacer el reparto.

Hasta dónde llega

La sentencia resuelve expresamente la legítima del viudo del heredero fallecido y su intervención en el reparto. La propia Sala reconoce que hay otras cuestiones abiertas (capacidad para heredar, colación de donaciones, legados, deudas, reservas o facultades de los contadores partidores) y dice que su criterio vale mientras el legislador no reforme la materia.

No trata los efectos fiscales, como el Impuesto sobre Sucesiones.

Una resolución concreta no fija por sí sola doctrina general: su alcance depende de los hechos del caso y de lo que resuelvan otros tribunales.

Fuentes

Información general, con la normativa vigente a la fecha de revisión. Cada caso necesita su estudio concreto.

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